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Madrid.
Carmen
Maestro tomó posesión de su cargo como nueva presidenta del Consejo Escolar
del Estado en el transcurso de un acto oficial presidido por la ministra
de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera y celebrado, el día 21 de septiembre,
en la sede de este organismo, encargado de realizar la participación de
los sectores afectados en la programación general de la enseñanza.
La nueva presidenta
del Consejo Escolar del Estado, que sustituye en el cargo a Marta Mata,
fallecida a finales del pasado mes de junio, señaló su compromiso de “facilitar
el consenso dentro de la comunidad educativa para el desarrollo de la
LOE”.
La ministra
de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera, tras recordar la figura y la
labor de Marta Mata en el Consejo Escolar del Estado, expresó su confianza
en la nueva presidenta, a la que animó en el desempeño de sus responsabilidades,
y en el propio órgano, del que destacó su “representatividad” y sus funciones
de “asesoramiento”.
Carmen Maestro,
nació en Madrid en el año 1954, es licenciada en Geografía e Historia
por la Universidad Complutense de Madrid y profesora agregada de Bachillerato
desde 1979. A lo largo de su carrera ha desempeñado varios cargos en el
Ministerio de Educación y Ciencia, entre ellos Subdirectora Provincial
de Enseñanzas Medias de Madrid (1985-1987), Subdirectora General de Ordenación
Académica (1987-1988) y Directora General de Centros Escolares del Ministerio
de Educación y Ciencia (1988-1996). Asimismo, ha sido Consejera del Consejo
Escolar del Estado y Consejera del Consejo Superior de Estadística.
Desde noviembre
de 2004 es directora del Instituto de Evaluación del Ministerio de Educación
y Ciencia. Como tal, le ha correspondido, entre otras responsabilidades,
coordinar las tareas de organización, seguimiento y publicación de las
evaluaciones del sistema educativo nacionales e internacionales, particularmente
PISA, y la elaboración de los indicadores nacionales, europeos y de la
OCDE. En esta actividad, ha desempeñado una intensa tarea de colaboración
con las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas y con los
responsables de evaluación de los países de la UE y de la OCDE.
Funciones
y composición
La
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación
(LODE), creó en su artículo 30 el Consejo Escolar del Estado como órgano
de ámbito nacional a través del cual se realiza la participación de los
sectores afectados en la programación general de la enseñanza, atribuyéndole
al mismo tiempo funciones de asesoramiento respecto de los proyectos de
ley o reglamento que hayan de ser propuestos o dictados por el Gobierno.
Según establece el artículo 3º “las funciones del Consejo Escolar del
Estado se ejercerán mediante la emisión de dictámenes, informes y propuestas”.
El Consejo
Escolar del Estado se encuentra integrado por el Presidente, Vicepresidente,
los Consejeros y el Secretario General y funciona en Pleno, Comisión Permanente
y Ponencias.
En la actualidad,
el Consejo Escolar del Estado está formado por ochenta Consejeros, representantes
de los diversos sectores de la comunidad educativa, según el reparto siguiente:
- Veinte profesores
nombrados a propuesta de sus centrales y asociaciones sindicales que,
de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más
representativas. El número de profesores se distribuye de la siguiente
forma: 12 profesores de la enseñanza pública, de los que 7 representan
a la Educación Preescolar o General Básica y 5 al Bachillerato o Formación
Profesional o Enseñanzas Artísticas; y 8 profesores de la enseñanza privada,
de los que cinco representan a la Educación Preescolar o General Básica
y tres al Bachillerato o Formación Profesional o Enseñanzas Artísticas.
- Doce padres
de alumnos nombrados a propuesta de las confederaciones de asociaciones
de padres de alumnos más representativas en función del número de afiliados.
- Ocho alumnos
nombrados a propuesta de las confederaciones de asociaciones de alumnos
más representativas en el número de afiliados.
- Cuatro representantes
del personal de administración y de servicios de los Centros docentes
nombrados a propuesta de sus centrales y asociaciones sindicales que,
de acuerdo con la legislación vigente, tengan la consideración de más
representativas.
- Cuatro titulares
de Centros docentes privados nombrados a propuesta de las organizaciones
empresariales de la enseñanza que, de acuerdo con la vigente legislación
laboral tengan la condición de más representativas.
- Cuatro representantes
nombrados a propuesta de las centrales sindicales que, de acuerdo con
la vigente legislación laboral, ostenten el carácter de más representativas.
- Cuatro representantes
nombrados a propuesta de las organizaciones patronales que, de acuerdo
con la vigente legislación laboral, ostenten el carácter de más representativas.
- Ocho representantes
de la Administración Educativa del Estado designados por el Ministro de
Educación.
- Cuatro representantes
de las Universidades nombrados a propuesta del Consejo de Universidades.
- Doce personalidades
de reconocido prestigio en el campo de la educación, de la renovación
pedagógica y de las instituciones y organizaciones confesionales y laicas
de mayor tradición y dedicación a la enseñanza, designadas por el Ministro
de Educación.
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